Desde el 1 de octubre, SAT determinó que los pequeños contribuyentes podrán pagar sus declaraciones ÚNICAMENTE por medio de Declaraguate.
No voy a entrar a discutir la evidente ilegalidad de este mecanismo de pago, para el contribuyente especial grande como para usted o para mí, como para el pequeño. Ese tema es tan evidente y tan fácil, que no vale la pena. Voy a entrar a examinar la lógica de esta decisión, que sólo puede tener un calificativo…
Vea.
Guatemala es un país en el que más del 50% de la población es pobre. 13%, aproximadamente, vive en extrema pobreza. En Guatemala, se estima que únicamente el 16% de la población tiene internet. Según reportajes de prensa “Con un 16% de penetración de Internet entre su población, Guatemala es uno de los países con más baja cobertura de este servicio en Latinoamérica.” (Artículo completo, acá). Sólo nos gana Nicaragua como el peor en Latinoamérica.
Declaraguate es un sistema de declaración electrónico, vía web. Es decir que SAT presupone que los contribuyentes del régimen más bajo, tienen acceso a internet. La lógica no cuadra.
Somos un país que sufre del problema que únicamente 3,000 contribuyentes pagan ISR e IVA (como contribuyentes). La idea de la Administración Tributaria debería ser facilitar la recaudación, principalmente en aquellos que tienen menos utilidades marginales. Es así que en este régimen, el pequeño contribuyente, podemos esperar que estén inscritos contribuyentes que emiten esas facturas en eventuales transacciones, pues son empleados de tiempo completo que hacen algún trabajo independiente de vez en cuando. También son pequeños negocios en lugares remotos (remotos en relación a la presencia de SAT), que las emiten cuando un citadino llega y la exige. También la emiten pequeños productores agrícolas que venden sus cosechas a industrias semiformales que las requieren para registrar sus gastos…
Es decir que es un régimen de entrada, marginal. Es un punto de entrada para incorporar al sistema formal a más contribuyentes. Ahora, con la disposición de SAT, se eleva el costo, pues de 10 transacciones que estos sujetos realizaban, quizás facturaban como pequeño contribuyente 3. Ahora para pagar por esas 3, deben buscar acceso a una computadora con internet, que probablemente implica viajar a la cabecera departamental. Esto es un ascenso en su costo de cumplimiento por arriba de las utilidades que le presentan, no las 3 transacciones, sino las 10 que realizó. Es así que es más barato, probablemente, negarse a esas 3 transacciones que requieren formalizarse, perder esos ingresos, pues no le implicarán ningún beneficio, sino que perderá el equivalente a 4 transacciones.
Es decir, que la medida de SAT es una tremenda idiotez. No entiendo en qué país creen que viven…
Mario E. Archila M.